Consultas sobre actas de intimación de locales comerciales labradas por la DGFYC
Al recibir un acta de intimación, los inspectores pueden haber requerido que subsanes alguna falta indicándote que debés hacerlo por SIFER o TAD:
1) Documentación faltante:
Si te indicaron que la misma corresponde a “Subsanación SIFER” deberás acceder a tu Libro Digital. En él podrás ver toda la información sobre tu local comercial y, en el apartado Fiscalizaciones Remotas en Curso encontrarás el acceso para proceder a la subsanación.
Seguí estos pasos:
- Ingresá a Libro Digital. Recordá que para poder ingresar al sistema deberás contar con Clave Ciudad Nivel 2 de AGIP.
- Una vez que ingreses, deberás buscar el apartado Fiscalizaciones Remotas en Curso, y hacer click en el botón "Accedé a la subsanación web".
- Completá los datos requeridos en el formulario (checklist) y adjuntá toda la documentación solicitada.
- Para enviar la documentación a revisión, debés guardar, actualizar y enviar para que un agente de la AGC lo verifique.
- Una vez enviada la documentación, siempre que estuviera completa y vigente, se analizará y se comunicará la subsanación o no de la intimación efectuada a través del sistema.
Botón: INSTRUCTIVO SIFER
Si te indicaron que la misma corresponde a “Subsanación TAD” deberás ingresar al Sistema de Subsanación de Faltas documentales de la Plataforma de trámites a distancia (TAD). Recordá que para ingresar tenés que contar con usuario y clave MiBA nivel 2 o 3. Una vez dentro de la plataforma, buscá el trámite "Subsanación de faltas documentales”. Seguí los pasos indicados por el sistema, completando el formulario y adjuntando toda la documentación requerida. Allí te pedirán agregar:
- Acta de intimación labrada.
- Nota de subsanación y/o prórroga, firmada por el titular/profesional/apoderado.
- DNI del firmante (si no está validado por TAD).
- Poder de representación vigente, con facultades suficientes, otorgado ante escribano público (en el caso de ser apoderado).
- Documentación a presentar (Fotos, Planos, constancias, certificados etc. en formato PDF/DWG/DWF/JPG).
Si no fue indicada que la misma corresponde a “Subsanación SIFER o TAD”; deberás regularizar los puntos intimados y tener la documentación disponible para que sea verificada por los inspectores en una próxima visita a tu local comercial.
2) Realización de mejoras: en este caso deberás regularizar los puntos intimados para que sean verificados por los inspectores en una próxima visita a tu local comercial.
Para continuar, recordá que te serán solicitados todos los datos del ACTA DE INTIMACIÓN
(Para poder consultar el estado de tus trámites es necesario tener un usuario.)