Subsanación/Descargo/ Pedido de prórrogas por Acta de Intimación
Al recibir un acta de intimación, los inspectores pueden haber requerido que subsanes:
1) Documentación faltante:
Si te indicaron que la misma corresponde a “Subsanación TAD” deberás ingresar al Sistema de Subsanación de Faltas documentales de la Plataforma de Tramitación a Distancia (TAD). Recordá que para ingresar tenés que contar con Clave Ciudad Nivel 2 de AGIP . Una vez dentro de la plataforma, selecciona “TAD – Jefatura de Gabinete de Ministros”, busca el trámite "Subsanación de faltas documentales”. Seguí los Pasos indicados por el sistema, completando el formulario. Allí te pedirán agregar:
- Acta de Intimación recibida
- Nota que requiera la subsanación de la intimación y/o prórroga, según corresponda.
- Documentos solicitados en la intimación en pdf
- Fotos, planos de habilitación en formato dwf, planos de instalaciones en pdf, etc.
Si no fue indicada que la misma corresponde a “Subsanación TAD”; deberás regularizar los puntos intimados y tener la documentación disponible para que sea verificada por los inspectores en una próxima visita a tu local comercial.
2) Realización de mejoras: en este caso deberás regularizar los puntos intimados para que sean verificados por los inspectores en una próxima visita a tu local comercial.
Para continuar, recordá que te serán solicitados todos los datos del ACTA DE INTIMACIÓN
(Para poder consultar el estado de tus trámites es necesario tener un usuario.)