Consultas sobre actas de intimación de locales comerciales
Al recibir un acta de intimación, los inspectores pueden haber requerido que subsanes alguna falta indicándote que debés hacerlo por SIFER o TAD:
1) Documentación faltante:
Si te indicaron que la misma corresponde a “Subsanación SIFER” deberás acceder a tu Libro Digital. En él podrás ver toda la información sobre tu local comercial y, en el apartado Fiscalizaciones Remotas en Curso encontrarás el acceso para proceder a la subsanación.
Seguí estos pasos:
- Ingresá a Libro Digital. Recordá que para poder ingresar al sistema deberás contar con Clave Ciudad Nivel 2 de AGIP .
- Una vez que ingreses, deberás buscar el apartado Fiscalizaciones Remotas en Curso, y hacer click en el botón "Accedé a la subsanación web".
- Completá los datos requeridos en el formulario (checklist) y adjuntá toda la documentación solicitada.
- Para enviar la documentación a revisión, debés guardar, actualizar y enviar para que un agente de la AGC lo verifique.
- Una vez enviada la documentación, siempre que estuviera completa y vigente, se analizará y se comunicará la subsanación o no de la intimación efectuada a través del sistema.
Botón: INSTRUCTIVO SIFER
Si te indicaron que la misma corresponde a “Subsanación TAD” deberás ingresar al Sistema de Subsanación de Faltas documentales de la Plataforma de Tramitación a Distancia (TAD). Recordá que para ingresar tenés que contar con Clave Ciudad Nivel 2 de AGIP . Una vez dentro de la plataforma, selecciona “TAD – Jefatura de Gabinete de Ministros”, busca el trámite "Subsanación de faltas documentales”. Seguí los pasos indicados por el sistema, completando el formulario y adjuntando toda la documentación requerida. Allí te pedirán agregar:
● Acta de intimación labrada.
● Nota de subsanación y/o prórroga, firmada por el titular/profesional/apoderado.
● DNI del firmante (si no está validado por TAD).
● Poder de representación vigente, con facultades suficientes, otorgado ante escribano público (en el caso de ser apoderado).
● Documentación a presentar (Fotos, Planos, constancias, certificados etc. en formato PDF/DWG/DWF/JPG).
Si no fue indicada que la misma corresponde a “Subsanación SIFER o TAD”; deberás regularizar los puntos intimados y tener la documentación disponible para que sea verificada por los inspectores en una próxima visita a tu local comercial.
2) Realización de mejoras: en este caso deberás regularizar los puntos intimados para que sean verificados por los inspectores en una próxima visita a tu local comercial.
Para continuar, recordá que te serán solicitados todos los datos del ACTA DE INTIMACIÓN
(Para poder consultar el estado de tus trámites es necesario tener un usuario.)